Costa Rica

Importación de autos usados de Corea a Costa Rica: revisión de elegibilidad

Consulte las reglas de Costa Rica sobre el lado del volante, el historial y las emisiones de autos usados de Corea. El procedimiento actual de inspección de importación sigue pendiente de confirmación.

La admisibilidad para exportar e importar debe confirmarse antes de comprar, realizar una inspección de pago o enviar el vehículo.

Consultar requisitos y documentos de importación: Costa Rica

Costa Rica: historial del vehículo, dirección y emisiones

INSTRUCCIONES OFICIALES

El 18 de septiembre de 2026 se volvieron a leer determinados requisitos legales para importar de forma permanente autos de pasajeros previamente matriculados procedentes de Corea. No se pudo obtener el manual de inspección de julio de 2026 para revisarlo, por lo que su aplicación y la admisibilidad de cada vehículo siguen sin confirmarse.

Fuentes revisadas el

La admisibilidad del vehículo sigue sin confirmarse. Aclare los puntos siguientes antes de comprar o enviar.

Dirección original izquierda o central.

El volante debe estar a la izquierda o al centro, según la construcción original del vehículo. No se aceptan conversiones de la posición de dirección.

Verifique los daños, la identidad y el historial de uso de la carretera.

Se prohíbe la importación para matriculación de vehículos declarados siniestro total, con uniones estructurales no autorizadas o con números de identificación alterados, o retirados de la circulación en el país exportador. El reglamento define la retirada por motivos técnicos, medioambientales o de seguridad que hagan prohibido, inadecuado o peligroso el uso de la vía.

Estándares de emisiones y la regla condicional de los doce años

Los turismos con motor de combustión de hasta 3.500 kg de peso bruto vehicular deben cumplir la normativa Euro IV, Tier II o superior. El decreto actual prevé Euro VI, Tier III o superior a partir del 1 de enero de 2030. Si no se pueden presentar los documentos de emisiones requeridos, no se podrá nacionalizar un vehículo usado de más de doce años en el momento de solicitar la nacionalización; La edad se verifica a través de su VIN.

Inspección antes del despacho aduanero definitivo

Los vehículos previamente matriculados en primera entrada necesitan una inspección física y documental homologada antes de poder iniciar el procedimiento de importación definitiva. Para el uso normal permanente de la vía se requiere inscripción en el Registro Nacional, comprobante de inspección del vehículo, comprobante de pago de circulación, seguro obligatorio y placas. La implementación detallada del nuevo manual de inspección sigue bajo revisión.

Documentos y matriculación

Registro de propiedad y declaración notarial

Aporte el título original o el documento de propiedad y matriculación reconocido legalmente en el país de origen, junto con una declaración jurada notarial que indique el kilometraje y que el vehículo no pertenece a las categorías prohibidas del artículo 5. Si el país de origen no expide títulos, el reglamento establece un documento sustitutorio emitido por la autoridad competente y sus formalidades.

Evidencia de emisiones individuales

El artículo 8 exige un certificado de conformidad de emisiones o un informe de medición de emisiones para cada vehículo usado de primera entrada. Los certificados proceden del fabricante y los informes de medidas de un laboratorio con ensayos acreditados. Los documentos deben estar en español o acompañados de una traducción oficial. El incumplimiento impide la nacionalización; el procedimiento de verificación actual aún necesita confirmación.

Confirmar antes de comprar

Estos puntos aún no están confirmados para su vehículo. Consulte a la autoridad competente o al agente receptor antes de comprar.

  • El MOPT incluye un manual de inspección publicado el 29 de julio de 2026. No se pudo obtener su texto durante esta revisión; su entrada en vigor, las comprobaciones del historial de títulos de propiedad y el procedimiento de verificación de emisiones siguen sin confirmarse.
  • Confirme el vehículo coreano individual, el documento de propiedad, la autenticación requerida y los arreglos de inspección autorizados antes de la compra o el envío.
  • Quedan fuera del alcance revisado el proceso completo de presentación aduanera y de primer registro, los regímenes especiales de importación y la excepción de emisiones para compras o envíos iniciados antes del 30 de mayo de 2016.
  • No se cotizan los impuestos específicos de los vehículos, la valoración en aduana, las tasas de inspección y registro reglamentarias, el flete ni los plazos de entrega.
  • Nuestra inspección del estado del vehículo de US$100 es independiente de la inspección obligatoria, la verificación de emisiones, el despacho de aduanas y el registro de Costa Rica.

Transporte y costes

Para Costa Rica, especificar ciudad receptora e importador. Solicite una oferta por escrito mostrando la ruta, etapas de transporte, punto de entrega, seguro y cargos incluidos. Confirme la elegibilidad del vehículo y las aprobaciones requeridas antes de reservar.

¿Qué incluye el coste?

Envíe el anuncio del vehículo, la cantidad y el punto de entrega. La admisibilidad y las autorizaciones necesarias deben confirmarse antes de organizar el envío. El flete y las fechas de salida requieren una oferta vigente.

Compra del vehículo

Confirme el precio del vehículo, la factura y el destinatario del pago.

Inspección del vehículo — US$100

Nuestra inspección del estado previa a la compra es independiente de las pruebas o certificaciones oficiales exigidas.

Preparación en Corea

Solicite el desglose de transporte interior, documentos de exportación, manipulación y carga.

Flete internacional y seguro

Confirme la ruta, el medio de transporte, el seguro, la vigencia del presupuesto y las exclusiones.

Gastos en destino

Consulte con su agente receptor los gastos de manipulación, aduanas, impuestos, matriculación y entrega.

Inspección y próximos pasos

  1. Envíe los datos del vehículo.

    Comparta un anuncio o el modelo, año y presupuesto deseados.

  2. Confirme la admisibilidad y después inspeccione — US$100.

    Nuestra inspección del estado es independiente de las pruebas o certificaciones oficiales.

  3. Revise la oferta de transporte.

    Confirme la ruta, los costes y las autorizaciones necesarias antes de reservar.

Ejemplo de informe de inspección

Fuentes oficiales y fechas de revisión

Ver las 4 fuentes oficiales y las notas de revisión

Las fechas de publicación o modificación de las fuentes se indican por separado de nuestras fechas de revisión.

  1. Ley 9078 — Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, Artículos 4, 5 y 32(d) ↗Asamblea Legislativa — texto actual publicado por PGR/SINALEVILey original publicada: Entrada en vigor: Revisado el: Fuente consultada: el texto oficial consolidado identificado como versión 31 de 31, de fecha 5 de agosto de 2026. Las fechas de publicación original y de inicio son distintas de la fecha de esta última versión. Se cotejaron determinadas disposiciones de importación, dirección y uso de carreteras con el Decreto 41837.
  2. Decreto 41837-H-MOPT — Reglamento que implementa el artículo 5 de la Ley de Tránsito ↗Poder Ejecutivo — texto vigente publicado por PGR/SINALEVIDecreto original publicado: Entrada en vigor: Revisado el: Se leyó la última versión oficial consolidada, 2 de 2, de fecha 6 de julio de 2022, incluidos el ámbito de aplicación, las definiciones, los documentos, el lado del volante y la inspección previa a la importación. La ley actual sigue identificando este reglamento como vigente. No se pudo obtener el manual de inspección de julio de 2026 para revisarlo, por lo que su aplicación detallada sigue sin aclararse.
  3. Decreto 39724-MOPT-MINAE-S — Reglamento de emisiones, artículos 7 a 8 y disposiciones transitorias ↗Poder Ejecutivo — texto vigente publicado por PGR/SINALEVIDecreto original publicado: Entrada en vigor: Revisado el: Fuente consultada: la última versión consolidada oficial, 7 de 7, de fecha 4 de mayo de 2026, y el historial de modificaciones. La restricción del artículo 8 para vehículos de más de doce años está condicionada a que no se disponga de los documentos de emisiones requeridos. Las compras o envíos previos a la publicación tienen una disposición transitoria separada.
  4. Decreto 45779-MOPT-MINAE-S — 2026 modificación del cronograma estándar de emisiones ↗Poder Ejecutivo — enmienda original publicada por PGR / SINALEVIEnmienda publicada: Entrada en vigor: Revisado el: Fuente consultada: los tres artículos y el registro de publicación oficial. Firmado el 4 de mayo y vigente a partir de su publicación el 5 de mayo de 2026, este decreto reemplaza el artículo 7 y deroga el Decreto 43646. Programa Euro VI / Tier III o superior para el 1 de enero de 2030; se excluye el calendario anterior de 2027.
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